RENACE INFORMA

Red Nacional de Acción Ecologista de la Argentina

11/5/05

MAS SOBRE CONTAMINACION RADIACTIVA EN EZEIZA

LA PERICIA CONFIRMA LA CONTAMINACION

EL ORIGEN: EL CENTRO ATOMICO EZEIZA

MANOS ANONIMAS HAN DEJADO EN EL BUZON DE UNO DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACION CONTRA LA CONTAMINACION AMBIENTAL DE ESTEBAN ECHEVERRIA, FOTOCOPIAS DEL ESTUDIO PERICIAL DEL EXPEDIENTE nº 5452 DE la Secretaría Nº 1 Juzgado Federal a cargo del Dr Alberto Santamarina.

 

Citamos de las copias del Expediente:

"Los análisis han determinado acividad de Tritio en los 46 pozos de muestreo, y se ha determinado la presencia de Radio 226, Estroncio 90, Cobalto 60, Cesio 137, masa de uranio, radón y Uranio y sus radioisótopos."

El profesional "sostiene que se ha evidenciado a partir de una pluma de contaminación de radio nucleidos, emisores alfa, que supera los valores de scrining en un área de 600 hectáreas, asi como de radionucleidos de emisiones Beta, alcanzando o superando valores guía en el 52% de los pozos". "Hay contaminación de uranio disuelto que supera los límites para aguas de bebida".

"Un pico de afectación de Alfa total y uranio disuelto pudo establecer el carácter antrópico del Uranio disuelto en la totalidad de las muestras, correspondiente a uranio enriquecido y uranio empobrecido, con elevada presencia de Radón en el agua subterránea de la región, con mayor concentración en cercanías a esta institución."

"Tales evidencias permiten identificar al Centro Atómico Ezeiza, como fuente generadora de radionucleidos, cuyas aguas no son potables en el 13% de los pozos. Solo el 13% no excedieron ninguno de los valores límite de los elementos analizados."

"Emerge la sospecha de una importante contaminación proveniente de las actividades del Centro Atómico Ezeiza, bien sean actuales o pasadas, que ha afectado las aguas subterráneas de la región a nivel tal que impiden su uso para consumo humano, concluyendo sobre la necesidad de concretar medidas globales tendientes a hacer frente a la problemática detectada."

"En la redacción del Artículo 41, el Legislador resaltó la exigencia de recomposición del daño ambiental, porque el legislador reconoce a todos los habitantes el derecho de gozar de un ambiente sano y restablecer el estado anterior."

"El Perito considera que deberá preverse la adopción de determinaciones de índole operativa en aras de escudriñar la extensión de la problemática denunciada"

"Teniendo por Norte la constatación definitiva de las consideraciones a las que arribara el Perito por cuanto la existencia de vulneración a los recursos hídricos de la región, vinculada al lugar de emplazamiento del Centro Atómico Ezeiza a raíz de las actividades desarrolladas por ese organismo, tornan necesario determinar los alcances de la afectación con lo cual emerge con fuerza hipotética la posibilidad de que tales sospechas puedan ser confirmadas."

Citas textuales de las fotocopias del EXPEDIENTE Nº 5452 de la denuncia penal.

SECRETARIO DEL JUEZ: Dr González, tel (011) 292-7407 / 7408

MAS INFORMACION Y CONTACTOS:

ASOCIACION contra la Contaminación Ambiental de Esteban Echeverría y Ezeiza

Aambientalecheverria@yahoo.com.ar

Dr Valentin Stiglitz (011) 4296-3955. Después de las 17 hs.