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Del documento del Taller de Biodiversidad surgido de las jornadas de
trabajo de las ONGs de la Provincia de Buenos Aires convocadas por la
Secretaría de Política Ambiental, realizadas los días 9 y 10 de
septiembre en Chapadamalal
DECISIÓN DEL GOBERNADOR PONE EN PELIGRO LAS RESERVAS Y PARQUES NATURALES
PROVINCIALES
Desde sus orígenes, hace ya muchos años, las áreas naturales protegidas
provinciales están bajo la órbita del Ministerio de Asuntos Agrarios de la
Provincia, ya que en la época de su creación no existían organismos
ambientales con competencia en la materia. Reflejo de ello es el artículo
15 de la ley 10907 – del año 1990 – que establece que la
autoridad de aplicación en dicha materia sea el Ministerio indicado. En
este período y hasta la actualidad dichas áreas han sido, relegadas a los
intereses económicos y comerciales de las actividades agrícola, ganadera y
pesquera, atendiendo a los objetivos de dicha cartera.
En el año 1994 y a
partir de la reforma de las constituciones nacional y provincial surgen
legislaciones y organismos ambientales específicos. En el ámbito de la
provincia de Buenos Aires la autoridad de aplicación en dicha materia es
la Secretaría de Política Ambiental. Sus funciones (conforme la ley de
Ministerios 13175) “son la de planificar, formular, proyectar, fiscalizar,
y ejecutar la política ambiental, así como preservar los recursos
naturales del estado provincial, en el marco resultante de los principios
del desarrollo sustentable y de la normativa ambiental vigente”.
Sin embargo, a pesar de la evolución en las estructuras orgánicas
del Poder Ejecutivo, incluida la creación del área ambiental, las reservas
naturales siguen estando bajo la órbita del Ministerio de Asuntos
Agrarios. Lo más paradójico es que ahora las decisiones sobre políticas de
conservación de biodiversidad corresponden a la Secretaría de Política
Ambiental mientras el ámbito territorial en donde se las aplica - reserva
naturales - sigue perteneciendo al Ministerio de Asuntos Agrarios. Está
claro que esta superposición y duplicidad de funciones coadyuva al estado
de emergencia en que encontramos hoy las áreas naturales provinciales.
Vale la pena recordar que hoy la provincia cuenta tan sólo con veinte
guardaparques, y seis biólogos sin equipamiento, todo ello para cubrir
una superficie de un millón trescientas mil hectáreas.
En el mes de agosto del 2005 numerosas personas, entre ellos
biólogos, abogados, agentes de conservación, organizaciones no
gubernamentales, grupos científicos y de investigación, solicitaron al Sr.
Gobernador que se promueva la modificación del artículo 15 de la ley 10907
de área naturales a efectos de que el organismo de aplicación deje de ser
el Ministerio de Asuntos Agrarios, y pase a serlo la Secretaría de
Política Ambiental. No sólo no hubo respuesta desde el poder ejecutivo,
sino que además, se dispondría que las área naturales protegidas pasen a
la órbita de la Subsecretaría de Actividades Pesqueras en el mismo
ministerio, lo cual sería extremadamente peligroso porque ya existen
antecedentes del avance de dicha subsecretaría sobre las áreas de reserva,
privilegiando la sobreexplotación del recurso por sobre la conservación.
Queda claro que estamos inmersos en un esquema de división de funciones
obsoleto, creado para otra época, con otras necesidades, que
ha perdido funcionalidad práctica y que se vería agravado con el inminente
pase de las áreas a una subsecretaría totalmente ajena a esta materia.
Resulta entonces imperioso que el gobernador promueva la transferencia de
las áreas naturales protegidas provinciales, con todo su personal y
presupuesto, a la Secretaría de Política Ambiental, de modo definitivo y
urgente. Caso contrario debemos saber que será el Señor Gobernador el
principal responsable de la pérdida del patrimonio natural provincial.
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